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Solicitud de fraccionamiento del pago de prestaciones indebidamente percibidas

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Cómo funciona

  1. 1

    Cuente los datos de la deuda

    Fecha, cuantía y periodo de la resolución, y el número de meses que solicita.

  2. 2

    Revise las casillas

    El chat coloca sus datos, el domicilio y las rentas familiares en el impreso.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Fírmelo y preséntelo en el SEPE con la documentación económica.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Personas con cobro indebido de prestaciones por desempleo
Dónde se presenta:
Oficina del SEPE o registro de otro organismo
Organismo:
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
País:
España
Categoría:
Empleo y prestaciones por desempleo (SEPE)
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €8 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

Es el impreso del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para solicitar el fraccionamiento de la deuda cuando una resolución del SEPE ha declarado el cobro indebido de prestaciones por desempleo y la persona no puede devolver toda la cantidad de una vez.

Según la información del propio impreso, el fraccionamiento se regula en el artículo 33 bis del Real Decreto 625/1985 y en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004).

Quién lo presenta y dónde

  • la persona que ha recibido la resolución de cobro indebido del SEPE;
  • se presenta en el SEPE o en el registro de otro organismo; el impreso tiene espacio para ambos sellos;
  • si el expediente ya se ha remitido a la TGSS para la vía ejecutiva, resuelve la TGSS: el SEPE le remite la solicitud, que incluirá todas las deudas con la Seguridad Social, con recargos, intereses y costas.

Qué pide el impreso

  • nombre, apellidos, DNI o NIE, número de la Seguridad Social, fecha de nacimiento, sexo y nacionalidad; para emigrantes retornados, país y periodo trabajado;
  • domicilio y, si es distinto, domicilio a efectos de notificaciones; teléfonos y correo electrónico;
  • fecha de la resolución, cuantía de la deuda y periodo del cobro indebido;
  • rentas del titular, del cónyuge y de hasta tres hijos o hijas por tipo, e indicación de si continúan a su cargo;
  • número de meses en que desea fraccionar la deuda y, si procede, otros motivos;
  • lugar, fecha y nombre bajo la firma.

La diligencia de documentación y las observaciones las cumplimenta el SEPE.

Qué suele hacer falta

  • DNI, pasaporte o TIE;
  • libro de familia o certificación del Registro Civil de nacimiento de la familia; para personas extranjeras, documento equivalente con traducción oficial al español;
  • documentos que justifiquen su situación económico-financiera.

Si se le requiere documentación, dispone de 10 días hábiles para aportarla; transcurrido el plazo, se le tendrá por desistido.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

Tenga a mano la resolución del SEPE y cuente en el chat sus datos, los de su familia y sus rentas. El chat traslada los datos de la resolución, reparte el domicilio en sus casillas, marca el sexo y si los familiares continúan a su cargo e indica la fecha de hoy. Los totales (TOTAL RENTAS) no los calcula: se escriben a mano. Solo queda firmar el PDF.

Fuente

Impreso oficial del SEPE: sepe.es — Solicitud de fraccionamiento. Comprobado el 2026-10-09. Esto no es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo pedir el fraccionamiento?

Tras la resolución de cobro indebido, si no puede devolver toda la cantidad de una vez. Debe exponer los motivos y justificarlos con documentación de su situación económica.

¿Cuál es el plazo máximo?

Según el impreso, cinco años. Solo por causas de carácter extraordinario acreditadas puede concederse un periodo superior.

¿Se pagan intereses?

Sí. El fraccionamiento devenga el interés de demora que fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

¿Qué pasa si no pago a tiempo?

Según el impreso: hay 30 días hábiles desde la notificación para el pago voluntario; después la deuda se incrementa con un recargo del 20 %. Si incumple el fraccionamiento, la deuda pasa a la TGSS en vía de apremio.

¿Cuánto tardan en responder?

El SEPE debe resolver y notificar en 3 meses. Sin resolución, la solicitud se entiende desestimada y cabe recurso de alzada ante la Dirección General del SEPE.

¿Y si me lo deniegan?

Dispone de 15 días hábiles desde el siguiente a la notificación para reintegrar la cantidad.

¿Y si vuelvo a cobrar una prestación?

El fraccionamiento se suspende y la deuda se compensa con la nueva prestación; puede solicitar la compensación parcial.

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