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Solicitud de abono de prestaciones por desempleo devengadas y no percibidas por fallecimiento del titular

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Cómo funciona

  1. 1

    Cuente sus datos y los de la persona fallecida

    Escriba en el chat los datos de la persona causante, la fecha del fallecimiento, el tipo de prestación y sus datos.

  2. 2

    Revise las casillas

    El chat traslada sus respuestas al impreso del SEPE: domicilio, sexo, testamento, fecha.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Fírmelo y entréguelo al SEPE con el testamento o la declaración de herederos.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Personas herederas de un perceptor de prestaciones por desempleo fallecido
Dónde se presenta:
Oficina del SEPE o cualquier registro público, Correos, consulado
Organismo:
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
País:
España
Categoría:
Empleo y prestaciones por desempleo (SEPE)
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €5 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

La «Solicitud de abono de prestaciones por desempleo devengadas y no percibidas por causa del fallecimiento de su titular» es un impreso del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Si fallece una persona perceptora de prestación o subsidio por desempleo y quedan cantidades devengadas sin cobrar, la persona heredera solicita las que le correspondan.

El impreso tiene una página y es individual: la persona heredera consigna sus datos, los de la persona causante y si esta otorgó testamento.

Quién lo presenta y dónde

  • la persona heredera de la persona beneficiaria fallecida, por testamento o declaración de herederos;
  • se entrega en una oficina del SEPE (espacio para el «Sello de la Unidad») o en el registro de otro organismo;
  • según la página del SEPE «Cómo presentar documentos», también se admiten en su registro electrónico, en Correos, en las oficinas consulares de España y en las oficinas de asistencia en materia de registros.

Qué pide el impreso

  • persona causante: nombre y apellidos, DNI o NIE, fecha del fallecimiento, tipo de prestación que percibía;
  • persona solicitante: nombre, dos apellidos, DNI o NIE, n.º de Seguridad Social, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad;
  • domicilio y, si es distinto, domicilio a efectos de notificaciones; teléfonos y correo electrónico;
  • declaración: si la persona causante otorgó testamento;
  • lugar, fecha y nombre de quien firma.

La «Diligencia de documentación» y las «Observaciones» las cumplimenta el SEPE.

Qué suele llevarse

  • DNI, pasaporte o TIE de la persona solicitante;
  • testamento o declaración de herederos, que figuran en el propio impreso;
  • otros documentos que acrediten el fallecimiento y la condición de heredero: confirme la relación exacta en la oficina del SEPE.

Si el SEPE requiere documentación, dispone de 15 días para aportarla (art. 25.1 del R.D. 625/1985, citado en el impreso); si no, se archiva la solicitud.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

Cuente en el chat sus datos y los de la persona fallecida. El chat reparte el domicilio en las casillas, marca el sexo y el testamento y pone la fecha de hoy. Solo queda firmar el PDF a mano.

Fuente

Impreso oficial del SEPE: sepe.es — Impresos de prestaciones por desempleo. Comprobado el 2026-10-09. No constituye asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede presentar esta solicitud?

La persona heredera de quien percibía la prestación por desempleo. En el impreso declara actuar como heredera y pide las cantidades que le correspondan.

¿Qué cantidades se pueden cobrar?

Las devengadas por la persona fallecida y no percibidas antes del fallecimiento. El importe y el periodo los determina el SEPE.

¿Qué hay que aportar?

El testamento o la declaración de herederos, que figuran en el impreso. El SEPE puede requerir otros documentos.

¿Y si no hay testamento?

Marque «No ha otorgado testamento». La condición de heredero se acredita entonces con la declaración de herederos.

¿Qué plazo hay para aportar documentación requerida?

15 días desde el requerimiento (art. 25.1 del R.D. 625/1985). Pasado el plazo se archiva la solicitud, sin perjuicio de presentar otra si el derecho no ha prescrito.

¿Dónde se presenta?

En una oficina del SEPE, en su registro electrónico, en Correos, en un consulado de España o en una oficina de asistencia en materia de registros, según la página «Cómo presentar documentos» del SEPE.

¿Quién rellena la tabla de documentos?

El personal del SEPE, que marca lo cotejado, recibido o requerido. La persona solicitante la deja en blanco.

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