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MS-5 — solicitud de auxilio por defunción al INSS

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Cómo funciona

  1. 1

    Cuente su caso

    Diga en el chat quién falleció, cuándo, su relación con usted y quién pagó el sepelio.

  2. 2

    Revise los datos

    El chat coloca sus respuestas en el MS-5: solicitante, fallecido, cuenta, consentimientos.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Firme el impreso y preséntelo en el INSS por correo o en un CAISS con cita previa.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Cónyuge, pareja de hecho, familiares convivientes o quien haya pagado el sepelio
Dónde se presenta:
Sede Electrónica de la Seguridad Social, correo ordinario o CAISS con cita previa
Organismo:
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
País:
España
Categoría:
Seguridad Social y pensiones
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €5 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

El MS-5 («Solicitud de auxilio por defunción») es el modelo oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para pedir el importe que ayuda a hacer frente a los gastos de sepelio a quien los haya soportado.

Si además va a solicitar pensión de viudedad, orfandad o en favor de familiares, el propio impreso indica que debe usar otro modelo: el MS-3 «Prestaciones de supervivencia», que incluye sus propios apartados de auxilio por defunción.

Quién lo presenta y dónde

  • el cónyuge sobreviviente, la pareja de hecho, los hijos y parientes que convivían habitualmente con el fallecido;
  • cualquier otra persona que haya sufragado los gastos del sepelio, con el justificante del pago;
  • en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (certificado digital o Cl@ve) — en ese caso no se firma el impreso;
  • el ejemplar firmado, por correo ordinario o en un CAISS con cita previa.

Qué pide el impreso

Siete páginas: datos del solicitante (relación con el fallecido, convivencia), persona que presta medidas de apoyo o actúa en nombre del menor, representante, datos del fallecido (fecha de defunción, si era pensionista, número de la Seguridad Social), lengua y domicilio a efectos de notificaciones, alegaciones, consentimientos, datos bancarios y firma. Las últimas páginas son instrucciones y protección de datos.

Qué documentos suele necesitar

  • DNI, NIE/TIE o pasaporte del solicitante y, en su caso, del representante;
  • certificado del acta de defunción;
  • cónyuge, pareja de hecho o familiar conviviente: libro de familia o actas del Registro Civil que acrediten el parentesco; pareja de hecho: acreditación de su constitución;
  • en los demás casos: documento que acredite haber satisfecho los gastos de sepelio;
  • los documentos expedidos en el extranjero deben estar legalizados;
  • una cuenta bancaria española (IBAN) a nombre del solicitante.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

  1. Cuente en el chat, en cualquier idioma, quién ha fallecido, qué relación tenía con usted y quién pagó el sepelio.
  2. El asistente rellena las casillas en mayúsculas, reparte la fecha de nacimiento en sus casillas y marca las opciones correctas.
  3. Descargue el PDF, revíselo, fírmelo y preséntelo en el INSS por correo o en un CAISS con cita previa.

Fuente

Modelo oficial del INSS: seg-social.es — MS-5. Presentación por internet: sede.seg-social.gob.es. Comprobado el 2026-10-09. Esto no es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Quién cobra el auxilio por defunción?

Quien haya soportado los gastos de sepelio. Según las instrucciones del modelo, pueden solicitarlo el cónyuge, la pareja de hecho, los hijos y parientes que convivían con el fallecido o cualquier otra persona que haya pagado el sepelio.

¿Puedo pedirlo si no soy familiar?

Sí, si usted pagó el sepelio. En ese caso debe aportar el documento que acredite el pago.

¿Cuál es la cuantía?

La cuantía la fija la normativa y no figura en el impreso. Consulte el importe vigente en la web de la Seguridad Social o en un CAISS.

¿Cuándo resuelve el INSS?

Según el impreso, el plazo máximo para resolver es de 90 días desde la entrada de la solicitud en el registro. Sin respuesta, se entiende desestimada y puede presentar reclamación previa.

¿Y si faltan documentos?

El INSS se los requerirá y deberá aportarlos en el plazo de diez días. Si no aporta los de identificación o representación, se le tendrá por desistido.

¿Hay que firmar el impreso?

Sí, si lo presenta por correo o en un CAISS. Si lo presenta por internet en la Sede Electrónica no es necesario firmarlo.

¿Necesito una cuenta en España?

Para cobrar en España, sí: a nombre del solicitante (o del titular de la patria potestad o tutor del menor). Quien reside en el extranjero indica una cuenta extranjera o elige el pago por cheque.

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