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C-061 — Manifestación de disconformidad con el alta médica emitida por el INSS

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Cómo funciona

  1. 1

    Explique su caso

    Indique en el chat las fechas de la baja y del alta y por qué no está conforme.

  2. 2

    Revise los datos

    El chat traslada sus respuestas al C-061: trabajador, baja, alegaciones, firma.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Fírmelo y preséntelo al INSS en 4 días; entregue la copia a la empresa.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Trabajador disconforme con el alta del INSS tras 365 días de incapacidad temporal (o su representante)
Dónde se presenta:
Portal de Prestaciones, correo o CAISS con cita previa
Organismo:
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
País:
España
Categoría:
Seguridad Social y pensiones
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €5 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

El C-061 («Manifestación de disconformidad con el alta médica emitida por el INSS») es un modelo oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Con él el trabajador manifiesta que no está conforme con el alta médica emitida por la inspección médica del INSS.

El procedimiento se refiere al alta por curación, por mejoría o por incomparecencia injustificada a los reconocimientos, emitida por el INSS una vez agotados los 365 días de incapacidad temporal. El alta del médico de atención primaria o de una mutua se impugna por otras vías.

Quién lo presenta y dónde

  • el propio trabajador, su representante legal o un representante voluntario;
  • plazo: como máximo los cuatro días naturales siguientes a la notificación del alta (art. 170.3 LGSS, RD 1430/2009, art. 3);
  • presentación: Portal de Prestaciones de la Seguridad Social, un ejemplar firmado por correo o en un CAISS con cita previa; la norma permite también presentarlo ante la inspección médica del servicio público de salud o en cualquier registro administrativo;
  • el trabajador lo comunica a la empresa el mismo día de la presentación o el siguiente día hábil; el modelo incluye un ejemplar para la empresa.

Qué pide el modelo

  • 1.1 — trabajador: apellidos, nombre, DNI/NIE/pasaporte, número de la Seguridad Social, domicilio, teléfonos, correo electrónico;
  • 1.2 y 1.3 — representante legal o voluntario, si no lo presenta el propio trabajador;
  • 2 — fecha de la baja médica y entidad que abonaba el subsidio al recibir el alta: empresa, mutua, SEPE o INSS;
  • 3 — fecha del acuse de recibo del alta; 4 — alegaciones, dos consentimientos, lugar y fecha, Dirección Provincial del INSS.

Qué suele aportarse

  • DNI, pasaporte, TIE o NIE del trabajador y, si actúa un representante, el suyo;
  • representante legal: resolución judicial o libro de familia (si es el titular de la patria potestad); entidad: CIF;
  • representante voluntario: documento acreditativo de la representación;
  • opcionalmente, informes médicos recientes que muestren que aún no puede trabajar.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

  1. Cuente en el chat, en cualquier idioma, cuándo empezó la baja, cuándo recibió el alta y por qué no está conforme.
  2. El asistente rellena las casillas en mayúsculas, marca la entidad pagadora y pone la fecha de firma; los datos se repiten en los tres ejemplares.
  3. Descargue el PDF, fírmelo y preséntelo al INSS; entregue el ejemplar para la empresa a su empleador.

Fuente

Modelo oficial INSS C-061 cas V.7: seg-social.es — C-061; plazos según LGSS, art. 170.3, RD 1430/2009, art. 3. Comprobado el 2026-10-09. No es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tengo para presentarlo?

Como máximo los cuatro días naturales siguientes a la notificación del alta (art. 170.3 LGSS y RD 1430/2009, art. 3). Preséntelo cuanto antes.

¿A qué alta se refiere este modelo?

Solo al alta emitida por la inspección médica del INSS una vez agotados los 365 días de incapacidad temporal. El alta del médico de cabecera o de una mutua se impugna de otra forma.

¿Qué ocurre tras presentarlo?

Si la inspección médica del servicio público de salud discrepa, propone al INSS la reconsideración en 7 días naturales y el INSS se pronuncia en los 7 siguientes. Si confirma el alta o no se pronuncia en 11 días, el alta adquiere plenos efectos.

¿Se cobra durante el procedimiento?

Según la ley, entre la fecha del alta y aquella en que adquiere plenos efectos se considera prorrogada la incapacidad temporal (art. 170.3 LGSS).

¿Debo comunicarlo a la empresa?

Sí, el mismo día de la presentación o el siguiente día hábil. El modelo incluye un ejemplar para la empresa, que también puede entregar a la entidad que le abonaba el subsidio.

¿Puedo presentarlo por internet?

Sí, en el Portal de Prestaciones de la Seguridad Social. En papel, se firma y se envía por correo o se entrega en un CAISS con cita previa.

¿Y si faltan documentos?

El INSS se los requerirá y deberá aportarlos en 10 días desde la notificación del requerimiento, por la sede electrónica, por correo o en un CAISS.

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