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INC-17 — solicitud de incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes

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Cómo funciona

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    Cuente su situación

    Escriba en el chat qué ocurrió, dónde trabajaba y quién forma su familia.

  2. 2

    Revise las casillas

    El asistente completa sus datos, la contingencia, los hijos, los ingresos y el IBAN.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Preséntelo por internet, por correo o en un CAISS con cita previa.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Persona asegurada en la Seguridad Social con pérdida duradera de capacidad laboral (o su representante)
Dónde se presenta:
Sede Electrónica de la Seguridad Social, correo ordinario o CAISS con cita previa
Organismo:
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
País:
España
Categoría:
Seguridad Social y pensiones
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €8 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

El INC-17 («Solicitud de incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes») es el formulario oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para solicitar el reconocimiento de la incapacidad permanente y la prestación correspondiente, así como la indemnización por lesiones permanentes no incapacitantes.

El grado de incapacidad lo valora el INSS; el formulario no lo indica. En él se declaran la contingencia (enfermedad común, enfermedad profesional, accidente de trabajo o no laboral), la última profesión, la situación tras el reconocimiento, los hijos, los ingresos y la cuenta bancaria.

Quién lo presenta y dónde

  • la persona trabajadora asegurada, por cuenta ajena o propia; también puede presentarlo quien le presta medidas de apoyo o un representante;
  • por internet, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es) con certificado digital o Cl@ve, o en run.gob.es/tramites sin identificación electrónica;
  • en papel, un ejemplar firmado por correo ordinario o en un CAISS con cita previa (901 10 65 70 / 91 541 25 30, según el propio formulario);
  • si ha trabajado en el extranjero, compruebe antes si debe usar la solicitud de Reglamentos Comunitarios o de Convenios bilaterales.

Qué pide el formulario

  • datos personales, DNI/NIE o pasaporte, número de la Seguridad Social y domicilio; en su caso, persona que presta medidas de apoyo y representante;
  • teléfono móvil y/o correo electrónico para las notificaciones, preceptivos en este procedimiento;
  • última profesión y tareas, otras profesiones y, si es autónomo, si ha tenido trabajadores a cargo;
  • contingencia y situación tras el reconocimiento: si seguirá trabajando, si será titular de una explotación o establecimiento, incremento del 20 %;
  • hijos, para el beneficio por cuidado de hijos, el complemento para la reducción de la brecha de género y los días cotizados por parto;
  • ingresos del interesado y del cónyuge, datos del cónyuge, ascendientes y descendientes que conviven y datos fiscales;
  • cuenta bancaria a nombre del interesado, consentimientos, lugar y fecha.

Qué documentos suelen aportarse

  • acreditación de identidad: DNI para españoles; TIE, o pasaporte y NIE, para extranjeros;
  • en accidente de trabajo o enfermedad profesional, el parte correspondiente y el certificado empresarial de salarios reales del año anterior;
  • documentación acreditativa de la representación o de las medidas de apoyo;
  • para complementos a mínimos: certificado del Registro Central de Extranjeros o TIE, y libro de familia o actas del Registro Civil;
  • los documentos extranjeros deben estar legalizados; el INSS puede requerir documentación complementaria.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

  1. Cuente en el chat, en cualquier idioma, qué ocurrió, en qué trabajaba y si tiene hijos y cónyuge.
  2. El asistente completa las casillas en mayúsculas, separa las fechas, marca la contingencia y escribe el IBAN por casillas.
  3. Descargue el PDF, revíselo y preséntelo por internet, o fírmelo y envíelo por correo o llévelo a un CAISS.

Fuente

Formulario oficial INC-17 en la web de la Seguridad Social: seg-social.es — INC-17. Comprobado el 2026-10-09. No es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la incapacidad permanente?

Es la pérdida permanente de capacidad para trabajar tras una enfermedad o lesión, reconocida por el INSS. La prestación depende del grado, que el INSS valora en cada caso.

¿Se puede presentar el INC-17 por internet?

Sí: en la Sede Electrónica con certificado o Cl@ve, en run.gob.es/tramites sin identificación electrónica, por correo ordinario o en un CAISS con cita previa.

¿Por qué es obligatorio el móvil o el correo electrónico?

Según la Orden ISM/903/2020, las notificaciones del INSS en incapacidad permanente son electrónicas, en SEDESS; al móvil o correo llega el aviso.

¿Cuánto tarda la resolución?

Según el formulario, el plazo máximo es de 135 días desde la entrada de la solicitud. Sin resolución, puede entenderla desestimada por silencio administrativo.

¿Qué pasa si no aporto los documentos?

El INSS los requerirá con un plazo de 10 días. Sin identificación ni acreditación de la representación se entiende que desiste; con el resto, se resuelve con los datos del expediente.

¿Qué es el incremento del 20 %?

Se puede pedir con incapacidad permanente total si es mayor de 55 años, no tiene empleo ni va a trabajar o ser titular de un negocio y, en contingencia común, no ha cumplido la edad de jubilación.

¿Por qué se preguntan los hijos?

Para el beneficio por cuidado de hijos, el complemento para la reducción de la brecha de género y, en mujeres, los días cotizados por parto.

¿Puedo cobrar en una cuenta extranjera?

Sí, si reside en el extranjero: el apartado 7 permite el pago por cheque o transferencia con BIC e IBAN. El titular debe ser el interesado.

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