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8-015 — Solicitud de prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME, INSS)

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Cómo funciona

  1. 1

    Explique su situación

    Indique en el chat su relación con el menor, la fecha del ingreso y desde cuándo tiene la jornada reducida.

  2. 2

    Revise los datos

    El chat reparte las respuestas en las casillas del 8-015: solicitante, otro progenitor, menor, reducción, IBAN, consentimientos.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Fírmelo junto con el otro progenitor y preséntelo por internet, por correo o en un CAISS con cita previa.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Progenitores, adoptantes, guardadores, acogedores y tutores que reducen su jornada para cuidar de un menor con cáncer u otra enfermedad grave
Dónde se presenta:
Sede Electrónica de la Seguridad Social, correo ordinario o CAISS con cita previa
Organismo:
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
País:
España
Categoría:
Seguridad Social y pensiones
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €8 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

La «Solicitud de prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave» (modelo 8-015, conocida como CUME) es el impreso oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La utiliza el progenitor, adoptante, guardador, acogedor o tutor que ha reducido su jornada al menos un 50 % para cuidar de un menor con cáncer u otra enfermedad grave que requiere ingreso hospitalario de larga duración y tratamiento.

La prestación está regulada por el Real Decreto 1148/2011. La edición vigente, 8-015 cas V.13 (20250423), se descarga de la web de la Seguridad Social.

Quién la presenta y dónde

  • trabajadores por cuenta ajena o propia afiliados a la Seguridad Social, también extranjeros con NIE;
  • como regla general deben trabajar ambos progenitores; según las notas del impreso, no es preciso en caso de divorcio, separación, nulidad, extinción de la pareja de hecho o violencia de género acreditada;
  • por internet — Sede Electrónica de la Seguridad Social (certificado digital o Cl@ve permanente) o run.gob.es/tramites sin identificación electrónica;
  • por correo ordinario — un ejemplar firmado;
  • en persona — en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa: 901 10 65 70 / 91 541 25 30 o run.gob.es/trdcita.

Qué pide el impreso

  • datos personales del solicitante, domicilio, teléfonos, correo electrónico y relación con el menor;
  • si es familia monoparental y si existe violencia de género acreditada;
  • datos del otro progenitor: documento, número de la Seguridad Social, si trabaja y en qué régimen;
  • hasta dos menores: apellidos y nombre, documento (obligatorio desde los 14 años), fecha de nacimiento, discapacidad igual o superior al 65 %;
  • fecha del ingreso hospitalario, fecha de inicio y porcentaje de la jornada reducida;
  • lengua cooficial, domicilio de comunicaciones, alegaciones, IBAN a nombre del solicitante, consentimientos, lugar y fecha.

Qué documentación suele hacer falta

Lo principal de la relación de documentos del propio impreso:

  • documento de identidad del solicitante, del otro progenitor y del menor desde los 14 años: DNI, pasaporte, NIE o TIE;
  • declaración del facultativo del Servicio Público de Salud sobre la enfermedad, el ingreso y la duración estimada del tratamiento;
  • certificado de empresa sobre la reducción de jornada (fecha y porcentaje) y la base de cotización; autónomos: declaración de reducción de la actividad;
  • libro de familia o certificación del Registro Civil; en adopción, guarda, acogimiento o tutela, la resolución judicial o administrativa;
  • en su caso: acreditación de la discapacidad del 65 %, sentencia de divorcio o extinción de la pareja de hecho, acreditación de violencia de género, documento de representación.

Si falta documentación, el INSS la requerirá; dispone de 10 días desde la notificación para aportarla.

Cómo rellenarla con FoxDocs

Cuente en el chat sus datos, los del menor y los del otro progenitor. FoxDocs vuelca las respuestas en las casillas del PDF oficial sin alterar el diseño: nombre y documento se repiten en la cabecera, el IBAN entra en una línea y el mes de la firma se escribe en letra. Solo queda imprimir, firmar (firman ambos progenitores) y presentar.

Fuente

Modelo oficial del INSS 8-015: seg-social.es — 8-015. Comprobado el 2026-10-09. Esto no es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Qué reducción de jornada se exige?

Según el impreso, al menos un 50 %. El porcentaje y la fecha de inicio se indican en el apartado 4 y se acreditan con el certificado de empresa.

¿Tiene que trabajar el otro progenitor?

Como regla general, sí. Según las notas del impreso no es preciso en caso de divorcio, separación, nulidad, extinción de la pareja de hecho o violencia de género acreditada.

¿Puede solicitarla un extranjero?

Sí, si está afiliado a la Seguridad Social. El impreso tiene la casilla «DNI-NIE-Pasaporte» y pide el número de la Seguridad Social.

¿Hace falta el documento del menor?

Si el menor ha cumplido 14 años, el DNI, NIE o pasaporte es obligatorio. Si es menor de esa edad, la casilla puede quedar en blanco.

¿Cuánto tarda la resolución?

Según el impreso, hasta 30 días desde el registro de la solicitud. Sin respuesta, se entiende desestimada por silencio negativo.

¿Tributa la prestación?

El impreso indica que la prestación está exenta de retención por IRPF.

¿Y si el menor recibe el alta hospitalaria?

Cualquier variación —alta, cese en el trabajo, cambio laboral del otro progenitor— debe comunicarse al INSS mientras esté vigente la prestación.

¿A qué cuenta se paga?

El titular de la cuenta debe ser el solicitante, salvo el representante legal acreditado para el cobro mediante resolución judicial.

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