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EX-03: autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

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Cómo funciona

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    Cuente su caso

    Diga quién contrata, para qué puesto y si es inicial o renovación.

  2. 2

    Revise las casillas

    El asistente rellena los datos del trabajador, del empleador y del contrato y marca el supuesto.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Fírmelo y preséntelo en Mercurio o en la Oficina de Extranjería con la documentación.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Empleador (inicial) o persona trabajadora por cuenta ajena (renovación)
Dónde se presenta:
Mercurio (telemática); la renovación también en la Oficina de Extranjería de la provincia
Organismo:
Oficinas de Extranjería (Ministerio de Política Territorial), normativa del Ministerio de Inclusión
País:
España
Categoría:
Extranjería: NIE, TIE, residencia
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €8 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

El EX-03 («Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena o autorización de trabajo por cuenta ajena») es el modelo oficial para solicitar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y su renovación. La edición vigente responde al Real Decreto 1155/2024. Tiene tres páginas: dos para rellenar y una de instrucciones.

La autorización inicial la necesita el empleador que contrata a una persona extranjera por más de noventa días y menos de cinco años. Los modelos EX se presentan solo en su versión oficial: FoxDocs escribe sus datos en los campos del PDF oficial sin modificar su diseño.

Quién la presenta y dónde

  • la autorización inicial la presenta el empleador, personalmente o a través de su representante legal, por vía telemática en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial (Mercurio); el impreso lo firma la empresa;
  • la renovación la presenta la persona trabajadora, presencialmente en la Oficina de Extranjería de su provincia o en Mercurio, en los dos meses previos a la caducidad o en los tres meses posteriores (sin perjuicio del posible procedimiento sancionador);
  • tasas en el modelo 790: en la inicial, la persona trabajadora abona el código 052 (epígrafe 2.1.3) y el empleador el código 062 (epígrafe 3.2.1) si la autorización de trabajo es de seis meses o más; en la renovación, 052 (2.2.3) y 062 (3.2.2); se abonan en diez días hábiles desde la presentación;
  • plazo de resolución de tres meses: el silencio es desestimatorio en la inicial y estimatorio en la renovación;
  • concedida la inicial, la persona trabajadora pide el visado en el consulado en el plazo de un mes, entra en España, se da de alta en la Seguridad Social y en el mes siguiente solicita la TIE.

Qué pide el impreso

  • apartado 1 — la persona extranjera: pasaporte, N.I.E., apellidos, nombre, sexo, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, estado civil, nombre del padre y de la madre, domicilio, teléfono, e-mail, representante legal e hijas/os a cargo en edad de escolarización;
  • apartado 2 — el empleador: nombre o razón social, NIF/NIE, actividad, CNAE, domicilio social, contacto y representante legal;
  • apartado 3 — contrato de trabajo (solo inicial): puesto, grupo de cotización, CNO SEPE 2011, convenio, código y denominación del contrato, código de cuenta de cotización, retribución total bruta y dirección del centro de trabajo;
  • apartados 4 y 5 — representante a efectos de presentación y domicilio a efectos de notificaciones; consentimiento para la Dehú;
  • apartado 6 — inicial o renovación y supuesto (difícil cobertura, oferta gestionada por el Servicio Público de Empleo, supuestos específicos, cambio de empleador);
  • lugar y fecha, quién firma y el órgano al que se dirige.

Documentación habitual

  • el impreso EX-03 firmado por la empresa (en la renovación, por la persona trabajadora);
  • copia completa del pasaporte y, en su caso, de la cualificación profesional exigida;
  • documentación de la empresa: NIF o NIE; si es persona jurídica, escritura de constitución inscrita y poder del firmante; solvencia (IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades o VILE de los últimos tres años) y memoria descriptiva de la ocupación;
  • contrato de trabajo en modelo oficial y, en su caso, acreditación de no considerar la situación nacional de empleo;
  • en la renovación, la documentación del supuesto y, si hay menores a cargo en edad de escolarización obligatoria, informe de escolarización;
  • documentos extranjeros traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados. Compruebe la lista completa en las hojas informativas del Ministerio.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

  1. Cuente en el chat, en cualquier idioma, quién contrata, para qué puesto y si es inicial o renovación.
  2. El asistente rellena en mayúsculas, separa la fecha de nacimiento en dd/mm/aaaa y el N.I.E. en sus casillas, y marca las opciones del apartado 6.
  3. Descargue el PDF, revíselo, fírmelo y preséntelo con la documentación.

Fuente

Hojas informativas 12 y 13 y modelos EX del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: inclusion.gob.es — Hoja 12, Hoja 13. Comprobado el 2026-10-09. No es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Quién presenta el EX-03, la persona trabajadora o el empleador?

La autorización inicial la presenta y firma el empleador. La renovación la presenta la persona trabajadora.

¿Se puede presentar la inicial en persona?

Según la hoja informativa 12, la inicial se presenta por vía telemática en Mercurio. La renovación también puede presentarse en la Oficina de Extranjería de la provincia.

¿Qué tasas hay que pagar?

Modelo 790: la persona trabajadora abona el código 052 y el empleador el código 062 (en la inicial, si la autorización de trabajo es de seis meses o más). Consulte el importe en el impreso de la Administración al pagar; el plazo es de diez días hábiles desde la presentación.

¿Cuánto tarda la resolución?

Tres meses desde la entrada en registro. Sin notificación, la inicial se entiende desestimada y la renovación estimada.

¿Cuándo se pide la renovación?

En los dos meses previos a la caducidad o en los tres meses posteriores, con posible sanción. La solicitud en plazo prorroga la autorización anterior hasta la resolución.

¿Qué pasa tras conceder la inicial?

La persona trabajadora pide el visado en el consulado en un mes, entra en España, el empleador la da de alta en la Seguridad Social y en el mes siguiente solicita la TIE (modelo EX-17).

¿Dónde encuentro el CNAE, el CNO y el código de cuenta de cotización?

Los tiene el empleador: CNAE es la actividad de la empresa, CNO la ocupación del contrato y el código de cuenta de cotización, su número en la Seguridad Social. Si no los conoce, el asistente deja las casillas en blanco.

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