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C-158 — Cambio de un beneficiario de asistencia sanitaria de un titular a otro (INSS)

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Cómo funciona

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    Cuente su caso

    Indique en el chat a quién pasa a su asistencia sanitaria y con qué titular figura ahora.

  2. 2

    Revise los datos

    El chat ordena las respuestas en los apartados del C-158: solicitante, titular actual, beneficiarios, firma.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Firme el formulario y preséntelo al INSS por la Sede, por correo o en un CAISS con cita previa.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Titular de asistencia sanitaria que incluye como beneficiarios a descendientes, hermanos, tutelados o acogidos que figuran con otro titular
Dónde se presenta:
Sede Electrónica de la Seguridad Social, run.gob.es, correo ordinario o CAISS con cita previa
Organismo:
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
País:
España
Categoría:
Sanidad y tarjeta sanitaria
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €5 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

El C-158 («Cambio de un beneficiario de asistencia sanitaria de un titular a otro») es un formulario oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Un familiar puede recibir asistencia sanitaria como beneficiario de la persona que tiene reconocido el derecho (titular). El C-158 se usa cuando un beneficiario pasa de un titular a otro: por ejemplo, un hijo que figura con uno de los progenitores y debe pasar al otro.

Quién lo presenta y dónde

  • el titular de asistencia sanitaria que quiera incluir como beneficiarios a sus descendientes, hermanos, tutelados o acogidos que se encuentran como beneficiarios de otro titular;
  • firma la persona que presenta la solicitud, en nombre propio o en representación (representante, apoderado inscrito en el registro electrónico de apoderamientos o persona que presta medidas de apoyo a personas con discapacidad);
  • si los beneficiarios son menores de 18 años, el titular con el que se encuentran actualmente firma el apartado II para manifestar su consentimiento; si no consta su firma, hay que aportar prueba de convivencia y dependencia económica;
  • se presenta en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (certificado digital o Cl@ve), en run.gob.es, por correo ordinario o en un CAISS con cita previa.

Qué pide el formulario

  • apartado I — solicitante: apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, estado civil, DNI-NIE-pasaporte, número de la Seguridad Social, nacionalidad, domicilio, teléfonos, correo electrónico;
  • apartado II — titular con el que se encuentran actualmente los beneficiarios: apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, estado civil, documento, número de la Seguridad Social, nacionalidad;
  • apartado III — hasta cuatro beneficiarios: apellidos, nombre, teléfono, documento, número de la Seguridad Social, fecha de nacimiento, parentesco con el titular;
  • apartado IV — alegaciones; consentimiento para comunicaciones, lugar y fecha, Dirección Provincial del INSS.

Qué documentación suele hacer falta

  • identidad del solicitante: españoles, DNI; extranjeros, TIE o, en su caso, pasaporte o documento de identidad de su país;
  • hijo/a, nieto/a y hermano/a: libro de familia o certificado de nacimiento;
  • mayores de 26 años con discapacidad igual o superior al 65 %: certificado de reconocimiento o tarjeta acreditativa del grado de discapacidad;
  • menores de 18 años sin firma del otro titular: prueba de convivencia y dependencia económica (sentencia de separación o divorcio, padrón, etc.);
  • tutelado/a o acogido/a: documento expedido por la autoridad competente;
  • si presenta un representante: documentación acreditativa de la representación.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

  1. Cuente en el chat, en cualquier idioma, a quién pasa a su asistencia sanitaria y desde qué titular.
  2. El asistente rellena las casillas en mayúsculas, marca sexo, estado civil y consentimiento y anota la fecha.
  3. Descargue el PDF, revíselo, fírmelo (y que firme el otro titular si son menores de 18 años) y preséntelo.

Fuente

Formulario oficial del INSS C-158 cas V.3 (20241007): seg-social.es — C-158. Comprobado el 2026-10-09. Esto no es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se usa el C-158?

Cuando hijos, nietos, hermanos, tutelados o acogidos ya figuran como beneficiarios de un titular y usted quiere incluirlos como beneficiarios suyos.

¿Tiene que firmar el otro progenitor?

Si los beneficiarios son menores de 18 años, el titular actual firma el apartado II para dar su conformidad. Si no consta su firma, hay que aportar prueba de convivencia y dependencia económica, como la sentencia de divorcio o el padrón.

¿Se puede cambiar a un hijo mayor de 26 años?

Según la relación de documentos del formulario, sí, si tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65 %: se aporta el certificado o la tarjeta acreditativa.

¿El menor necesita DNI o NIE?

Si es menor de 14 años, podrá comunicarlo más adelante. A partir de los 14 años es obligatorio y se comunica con el formulario «Comunicación de documento de identidad».

¿Cuánto tarda la resolución?

Según la información del INSS en el formulario, el plazo máximo es de treinta días desde el registro de la solicitud o desde la aportación de los documentos. Sin resolución, se entiende desestimada y cabe reclamación previa.

¿Y si falta documentación?

El INSS la requerirá; dispone de diez días desde la notificación para aportarla por la Sede, por correo o en un CAISS.

¿Cuántos beneficiarios caben en el formulario?

El apartado III tiene cuatro columnas: hasta cuatro beneficiarios por formulario.

¿Hay que firmar el formulario?

El ejemplar en papel lo firma el solicitante o su representante. Si lo presenta por internet, no es necesario firmarlo.

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