Sobre el documento
- Quién lo presenta:
- Persona extranjera que quiere trabajar por cuenta propia en España
- Dónde se presenta:
- Inicial — personalmente en la Oficina Consular española del lugar de residencia
- Organismo:
- Oficinas Consulares y Oficinas de Extranjería, según normas del Ministerio de Inclusión
- País:
- España
- Categoría:
- Extranjería: NIE, TIE, residencia
- Cómo se rellena:
- Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
- Precio:
- formulario gratis · chat €5 por documento
- Última actualización:
Qué es este documento
El EX-07 («Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia») es el impreso oficial para solicitar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia en España, como autónomo o a través de una sociedad propia. El mismo impreso sirve para la renovación y para la ampliación del ámbito territorial. La edición vigente responde al Reglamento aprobado por RD 1155/2024; tres páginas: dos para rellenar y una de instrucciones.
La autorización inicial tiene una duración de un año y se limita a un ámbito geográfico autonómico y a un sector de actividad. Los EX solo se admiten en modelo oficial: FoxDocs escribe sus datos en los campos del PDF oficial sin alterar su diseño.
Quién lo presenta y dónde
- la autorización inicial la presenta la persona extranjera, personalmente, en la Oficina Consular española de su lugar de residencia, y la firma ella misma;
- tasas con el modelo 790: código 052 (epígrafe 2.1.3) y, si la autorización de trabajo dura seis meses o más, código 062 (epígrafe 3.3.1); se abonan en diez días hábiles desde la presentación;
- plazo de resolución: tres meses; sin notificación, la solicitud se entiende desestimada;
- concedida — un mes para pedir el visado personalmente; el visado tiene vigencia de tres meses; tras la entrada, tres meses para el alta en la Seguridad Social y después un mes para solicitar la TIE en la Comisaría de la provincia;
- para la renovación y la ampliación de ámbito, consulte requisitos, lugar de presentación y tasas en las hojas informativas del Ministerio.
Qué pide el impreso
- apartado 1 — usted: pasaporte, NIE (si lo tiene), apellidos, nombre, sexo, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, estado civil, nombre de los padres, domicilio, teléfono, e-mail, representante legal y la casilla de hijas/os en edad de escolarización;
- apartado 2 — datos de la actividad: razón social (si es persona jurídica), NIF/NIE, actividad, CNAE, domicilio y contacto;
- apartados 3 y 4 — representante a efectos de presentación y domicilio a efectos de notificaciones, consentimiento a la DEHú;
- apartado 5 — inicial (supuesto general, nacionales andorranos, transfronterizo), renovación (continuidad de la actividad, otros supuestos, transfronterizo) o ampliación a varias Comunidades Autónomas;
- lugar y fecha, quién firma y órgano al que se dirige.
Documentación que suele acompañarse
- impreso EX-07 firmado por usted;
- copia del pasaporte completo;
- certificados de antecedentes penales de los países donde haya residido los últimos cinco años;
- documentación sobre autorizaciones y licencias para abrir la actividad (en pequeño comercio y ciertos servicios — declaración responsable o comunicación previa);
- acreditación de la cualificación y, en profesiones reguladas, homologación y colegiación;
- acreditación de la suficiencia de la inversión y de la creación de empleo (incluido el autoempleo), por ejemplo con el informe de valoración de ATA, UPTA, CIAE, OPA o UATAE;
- documentos extranjeros traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados. La lista completa para su caso, en la hoja informativa 14.
Cómo rellenarlo con FoxDocs
- Cuente en el chat, en cualquier idioma, qué actividad hará, dónde y si pide la inicial, la renovación o la ampliación.
- El asistente rellena en mayúsculas, separa la fecha de nacimiento en dd/mm/aaaa, el NIE en sus casillas y marca el apartado 5.
- Descargue el PDF, revíselo, fírmelo y preséntelo con la documentación.
Fuente
Hoja informativa 14 y modelos EX del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: inclusion.gob.es — Hoja 14. Comprobado el 2026-10-09. No constituye asesoramiento jurídico.
