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F89176 — solicitud de revisión de grado de dependencia en la Comunitat Valenciana

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Cómo funciona

  1. 1

    Cuente su caso

    Explique en el chat por qué pide la revisión y quién la presenta.

  2. 2

    Revise los datos

    El chat ordena las respuestas por apartados: solicitante, notificaciones, consultas.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Imprima, firme, adjunte los informes y preséntelo en el ayuntamiento.

Sobre el documento

Quién lo presenta:
Personas con grado de dependencia reconocido en la Comunitat Valenciana o sus representantes
Dónde se presenta:
Ayuntamiento indicado en la cabecera del formulario
Organismo:
Generalitat Valenciana — Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia
País:
España
Categoría:
Servicios sociales: dependencia y discapacidad
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €5 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

La solicitud de revisión de grado de dependencia (formulario F89176) se dirige a la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia de la Generalitat Valenciana. Con ella se pide revisar un grado de dependencia ya reconocido por resolución.

Se marca uno de tres motivos: agravamiento, mejoría o error de diagnóstico o de aplicación del Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD).

Quién la presenta y dónde

  • la persona que ya tiene resolución de grado, o su representante o persona de apoyo;
  • según las instrucciones del formulario, solo cabe la revisión si existe una resolución de grado previa;
  • el formulario se dirige al ayuntamiento indicado en la cabecera («Ayuntamiento de …»); consulte las vías de presentación en el ayuntamiento o en la web de la Generalitat.

Qué pide el formulario

  • motivo de la revisión y ayuntamiento;
  • datos de la persona solicitante: apellidos, nombre, DNI/NIE, n.º SIP, domicilio, teléfonos, correo electrónico;
  • centro de salud y centro de servicios sociales, centro residencial, discapacidad y tipo, gran incapacidad, escolarización de menores de 23 años;
  • datos a efectos de notificaciones, si son distintos, y si cuenta con representante;
  • autorización de consulta a la AEAT y oposición a otras consultas.

Qué suele aportarse

  • informe/s que justifiquen la variación en el estado de salud o en el entorno (apartado D);
  • el documento «Identificación de personas representantes o de apoyo», si hay representante y no se aportó antes;
  • fotocopia del DNI/NIE de la persona solicitante y de la representante, que el formulario recomienda.

Si se opone a alguna consulta, deberá aportar usted la documentación correspondiente.

Cómo rellenarla con FoxDocs

Cuente en el chat por qué pide la revisión y responda a las preguntas sobre la persona solicitante. FoxDocs escribe las respuestas en el PDF oficial, marca las casillas y pone la fecha. Solo queda imprimir, firmar y adjuntar los informes.

Fuente

Formulario oficial de la Generalitat Valenciana: siac-front.gva.es — F89176. Comprobado el 2026-10-09. No constituye asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la revisión sin resolución de grado?

No. Las instrucciones del formulario indican que solo puede tramitarse la revisión si la persona solicitante tiene una resolución de grado previa.

¿Qué motivo marco?

Agravamiento si el estado ha empeorado, mejoría si ha mejorado y error si considera que hubo un error de diagnóstico o de aplicación del BVD. Se marca un solo motivo.

¿Qué hay que adjuntar?

Los informes que justifiquen la variación en el estado de salud o en el entorno y que motiven la revisión. Es el único documento que el formulario exige expresamente.

¿Se escriben los datos del representante?

En este formulario no, solo se marca que existe. Sus datos van en el documento «Identificación de personas representantes o de apoyo», si no se aportó antes.

¿Para qué sirve el apartado 2?

Para recibir las notificaciones a otro nombre o en otro domicilio distinto del de residencia, por ejemplo el de un familiar.

¿Qué es el número SIP?

Es el número de la tarjeta sanitaria de la Comunitat Valenciana (tarjeta SIP).

¿Es obligatorio autorizar las consultas?

No. Pero si no autoriza la consulta a la AEAT o se opone a otras consultas, tendrá que aportar los documentos usted mismo.

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