Sobre el documento
- Quién lo presenta:
- Perceptores de prestaciones por desempleo que salen o se trasladan al extranjero
- Dónde se presenta:
- Ante el SEPE antes de la salida, presencialmente o en un registro público
- Organismo:
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- País:
- España
- Categoría:
- Empleo y prestaciones por desempleo (SEPE)
- Cómo se rellena:
- Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
- Precio:
- formulario gratis · chat €3 por documento
- Última actualización:
Qué es este documento
La «Comunicación de salida al extranjero» es un impreso del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Lo presenta quien cobra una prestación por desempleo y va a salir de España: una salida ocasional, una estancia de hasta 90 días o un traslado de residencia inferior a 12 meses.
La salida debe comunicarse previamente. Según el propio impreso, si no se comunica (y, en su caso, no la autoriza el SEPE), la prestación se extingue.
Quién la presenta y dónde
- A) salidas que en total no superan 30 días naturales en el año natural: no se suspende la prestación, pero hay que comunicarla y comunicar también el regreso;
- B) más de 30 y hasta 90 días naturales en el año natural: la prestación se suspende si el SEPE la autoriza previamente;
- C) traslado de residencia inferior a 12 meses por búsqueda o realización de un trabajo, cooperación internacional o perfeccionamiento profesional: se suspende con autorización previa del SEPE;
- se presenta ante el SEPE antes de salir; el impreso prevé el sello de registro de otro organismo receptor. Si cabe la presentación electrónica, consúltelo en sepe.es.
Si la presenta otra persona, debe aportar la autorización del beneficiario/a y copia del DNI de ambos.
Qué pide el impreso
Modalidad de salida (A, B o C) y, en el traslado, su motivo; fecha de salida; nombre y DNI/NIE del beneficiario/a; datos de quien presenta la comunicación, si es otra persona; la declaración; observaciones; lugar y fecha de firma. «Autorización» y «Motivo denegación» los cumplimenta el SEPE.
Qué documentación suele aportarse
- DNI, NIE o TIE de la persona beneficiaria;
- si la presenta otra persona: autorización y copia del DNI de ambos;
- en el traslado (C), los justificantes del motivo: se exigen a la vuelta para reanudar la prestación.
Cómo rellenarla con FoxDocs
Cuente en el chat adónde va, cuánto tiempo y cuántos días ha pasado ya en el extranjero este año. El chat elige la modalidad, marca la declaración correspondiente y escribe los datos en el PDF oficial del SEPE sin cambiar su diseño.
Fuente
Impreso oficial del SEPE: sepe.es — comunicacion_salida_extranjero.pdf. Comprobado el 2026-10-09. Esto no es asesoramiento jurídico.
