Sobre el documento
- Quién lo presenta:
- Propietario o arrendatario de una vivienda en Santa Cruz de Tenerife con personas empadronadas que no residen en ella
- Dónde se presenta:
- OAIC del Ayuntamiento (con cita previa) o registro electrónico con certificado, DNIe o Cl@ve
- Organismo:
- Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife — Negociado de Población y Demarcación Territorial
- País:
- España
- Categoría:
- Empadronamiento
- Cómo se rellena:
- Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
- Precio:
- formulario gratis · chat €5 por documento
- Última actualización:
- Fuente oficial:
- https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/tramite/t348
Qué es este documento
«Solicitud de Baja por inscripción indebida» — Anexo VII del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. Dos páginas: el solicitante expone que las personas relacionadas no residen en el domicilio indicado, ni de forma permanente ni temporal, que desconoce su paradero actual, y solicita su baja del Padrón Municipal de Habitantes en ese domicilio.
La solicitud no da de baja por sí misma: el Ayuntamiento tramita un expediente de baja de oficio. Según la Resolución de 17 de febrero de 2020 del INE y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local (apartado 5.2.4.1), se notifica al afectado, que dispone de un plazo no inferior a diez días ni superior a quince para manifestar su conformidad o disconformidad. Si la notificación no puede practicarse, se publica anuncio en el BOE, sin incluir conjuntamente el nombre y el número del documento ni el domicilio.
Quién lo presenta y dónde
- el propietario o arrendatario de una vivienda en Santa Cruz de Tenerife en la que figuran empadronadas personas que no residen en ella, por ejemplo antiguos inquilinos;
- de forma presencial en las Oficinas de Atención e Información Ciudadana (OAIC), con cita previa si se desea;
- por registro electrónico en la sede del Ayuntamiento, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve;
- puede presentarlo un representante con poder notarial o designado mediante apud acta;
- se presenta durante todo el año; no hay tasa — la ficha del trámite indica «Tasas: no procede».
Qué datos pide el impreso
- solicitante: nombre, primer y segundo apellido, DNI, NIE o pasaporte, correo electrónico;
- domicilio: tipo y nombre de la vía, número, bloque, piso, puerta, provincia, municipio, código postal;
- representante y su domicilio — solo si presenta él;
- hasta siete personas cuya baja se solicita: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, documento de identidad y NIA — lo que se conozca;
- documentación aportada y, en su caso, la oposición a que el Ayuntamiento recabe los datos;
- lugar y fecha, firma manuscrita.
Qué suele aportarse
- el impreso cumplimentado y firmado (Anexo VII);
- DNI, NIE o pasaporte del solicitante;
- si es propietario — título de propiedad (escritura, contrato de compraventa, nota del Registro);
- si es arrendatario — contrato vigente de arrendamiento de vivienda y el último recibo de alquiler;
- si presenta un representante — poder notarial o designación apud acta;
- la unidad tramitadora puede recabar documentación complementaria, según la ficha del trámite.
Cómo rellenarlo con FoxDocs
- Cuente en el chat, en cualquier idioma, quién es, la dirección de la vivienda y a quién hay que dar de baja: el asistente solo pregunta lo que pide el impreso.
- Revise los valores: se imprimen en mayúsculas latinas, las fechas como dd/mm/aaaa y el domicilio repartido en las casillas del impreso.
- Descargue el PDF, imprímalo y fírmelo a mano, o fírmelo electrónicamente y preséntelo en el registro electrónico del Ayuntamiento.
Fuente
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife: trámite de baja por inscripción indebida (PMH_BII), impreso Anexo VII; instrucciones técnicas sobre la gestión del Padrón, 17 de febrero de 2020 (BOE). Comprobado el 2026-10-09. Esto no es asesoramiento jurídico.
