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EX-24: Solicitud de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española

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Cómo funciona

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    Describa su situación

    Escriba en el chat, en cualquier idioma, qué parentesco tiene con el ciudadano español.

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    Revise los campos

    El asistente rellena los datos de ambas personas, fechas dd/mm/aaaa, parentesco y casillas.

  3. 3

    Descargue el PDF

    Imprímalo, fírmelo y preséntelo con una copia en la Oficina de Extranjería.

Sobre el documento

País:
España
Categoría:
Extranjería: NIE, TIE, residencia
Cómo se rellena:
Chat en cualquier idioma → formulario original → PDF
Precio:
formulario gratis · chat €8 por documento
Última actualización:

Qué es este documento

El EX-24 («Solicitud de autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española (LO 4/2000 y RD 1155/2024)») es el modelo oficial con el que los familiares de un ciudadano español solicitan la autorización de residencia temporal. El formulario está en español y tiene cinco páginas: la solicitud (págs. 1–2), instrucciones (pág. 3), el anexo I — declaración del cónyuge o pareja (pág. 4) y notas (pág. 5).

Desde la entrada en vigor del RD 1155/2024 (mayo de 2025), los familiares de españoles, como regla general, tramitan su residencia por este régimen nacional y no con la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE (EX-19). FoxDocs solo escribe sus datos en los campos del PDF oficial y no modifica su diseño.

Quién lo presenta y dónde

  • el extranjero que es cónyuge o pareja registrada o estable de un español, hijo menor de 26 años o con discapacidad, hijo mayor de 26 años a cargo, ascendiente de primer grado, padre, madre o tutor de un menor español, familiar cuidador hasta segundo grado u otro familiar a cargo;
  • el mismo modelo sirve para la renovación (RENOVACIÓN) y para la residencia independiente por conservación del derecho — por ejemplo, tras el fallecimiento o la salida de España del español, nulidad, divorcio o fin de la pareja, o para víctimas de violencia de género o sexual y de trata;
  • si la presenta el familiar español o la persona extranjera ya está en España: en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia o por vía telemática (sede electrónica Mercurio); si la persona extranjera está en el exterior: en la Oficina Consular de España;
  • según la hoja informativa 18 oficial, el procedimiento tiene carácter gratuito: no se abona tasa del modelo 790 por él; consulte en la Policía si procede tasa por la expedición de la TIE;
  • puede presentarla un representante: el apartado 3 se rellena solo si es distinto del solicitante.

Qué pide el formulario

  • apartado 1 — extranjero: pasaporte, NIE (si lo tiene), apellidos, nombre, sexo (X/H/M), fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa), lugar y país de nacimiento, nacionalidad, estado civil (S/C/V/D/Sp), nombre del padre y de la madre, domicilio en España, móvil, e-mail y representante legal;
  • apartado 2 — el ciudadano español que da derecho: pasaporte, DNI, apellidos, nombre, sexo, estado civil, fecha y país de nacimiento, nombre de los padres, domicilio en España y parentesco;
  • apartado 3 — representante a efectos de presentación; apartado 4 — domicilio a efectos de notificaciones y consentimiento para notificaciones electrónicas por la DEHú;
  • apartado 5 — tipo de autorización: RESIDENCIA INICIAL (marcando el supuesto familiar), RENOVACIÓN o RESIDENCIA INDEPENDIENTE por conservación del derecho;
  • lugar, fecha, firma y la línea «Dirigida a»: el órgano al que se dirige la solicitud;
  • anexo I (pág. 4) — declaración responsable del cónyuge o pareja de que no convive en España con otro cónyuge o pareja: datos personales, lugar, fecha y firma.

Documentos que suelen llevarse

  • el modelo EX-24, original y copia, rellenado en mayúsculas; para cónyuge o pareja, también el anexo I;
  • pasaporte del solicitante, original y copia de todas las páginas;
  • DNI o pasaporte del ciudadano español;
  • acreditación del vínculo: certificado de matrimonio o de pareja, certificado de nacimiento y, en su caso, prueba de la dependencia o de los cuidados; los documentos extranjeros, por lo general, legalizados o apostillados y traducidos;
  • el certificado de antecedentes penales de cada país de residencia de los últimos cinco años (salvo España); no hace falta justificante de tasa, el procedimiento es gratuito;
  • la lista exacta depende del supuesto y de la oficina: consúltela con antelación.

Cómo rellenarlo con FoxDocs

  1. Cuéntele al chat, en cualquier idioma, qué parentesco tiene con el ciudadano español y qué autorización solicita: inicial, renovación o independiente.
  2. El asistente rellena las casillas en mayúsculas, separa las fechas en dd/mm/aaaa y el NIE en letra, número y letra de control, marca las casillas correctas y completa el anexo I cuando corresponde.
  3. Descargue el PDF, revíselo, imprímalo, fírmelo a mano y preséntelo junto con una copia.

Fuente

Modelos oficiales EX, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: inclusion.gob.es — Modelos de solicitud. Consultado el 2026-10-09. Esto no es asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes

¿Quién necesita el modelo EX-24?

Los familiares extranjeros de un ciudadano español — cónyuge o pareja, hijos, padres y algunos otros parientes — que quieren residir en España.

¿En qué se diferencia el EX-24 del EX-19?

El EX-19 es la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE. Desde el RD 1155/2024, los familiares de españoles, como regla general, presentan el EX-24 por el régimen nacional. En casos dudosos, consulte en la Oficina de Extranjería.

¿Dónde se presenta el EX-24?

En la Oficina de Extranjería de la provincia donde reside, normalmente con cita previa, o por vía telemática en la sede electrónica Mercurio. Si está en el exterior, en la Oficina Consular de España.

¿Cuánto cuesta y cómo se paga la tasa?

Según la hoja informativa 18 oficial (Ministerio de Inclusión, actualizada en abril de 2026), el procedimiento es gratuito y no se abona tasa del modelo 790. Consulte en la Policía si procede tasa por la expedición de la TIE.

¿Qué es el anexo I?

Una declaración responsable del cónyuge o pareja de que no convive en España con otro cónyuge o pareja. Solo se rellena en el supuesto de cónyuge o pareja.

¿Puedo renovar con el mismo modelo?

Sí, el apartado 5 tiene la casilla RENOVACIÓN. También recoge la residencia independiente tras el fallecimiento o la salida del español, el divorcio y otros supuestos.

¿Puedo presentar un formulario rellenado en el ordenador?

Los modelos EX se presentan en el modelo oficial. FoxDocs escribe sus datos en los campos del PDF oficial sin cambiar el diseño; la firma es a mano.

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